En España el alquiler de una propiedad inmueble es para muchos una forma de complementar ingresos gracias a las rentas que generan esos alquileres, y convierten el pago de una hipoteca (a veces durante toda una vida) o una herencia en una forma legítima y perfectamente válida y real de capitalizar inmuebles. No es ningún secreto que el mercado del alquiler siempre ha sido un valor seguro para inversores y particulares, y actualmente, en pleno 2020 vivimos en una vorágine de noticias que afectan a este mercado.
¿Son necesarios los seguros de impagos de alquiler?
Si bien es cierto que existen leyes y regulaciones estrictas que recogen obligaciones y derechos de arrendatarios y arrendadores, hoy por hoy la falta de oferta, ha disparado la demanda y por tanto también en buena lógica los precios. Los inquilinos han de competir por conseguir una vivienda en alquiler, y los arrendadores esperan ver cómo sus derechos como propietarios son salvaguardados.
Se trata de un mercado delicado que no solo reacciona ante la relación de oferta y demanda, sino que también es muy sensible ante las salvaguardas legales que hacen que los propietarios vean segura su decisión de colocar una vivienda en el mercado de alquiler.
No hay partido político que no se haya pronunciado sobre los derechos de los inquilinos, en un mercado que muchos califican de inflado por el exceso de demanda, para proteger a lo que consideran «la parte más débil» de la relación; sin embargo también los arrendadores tienen sus derechos y son legítimos sus deseos de ser protegidos por la administración o por otras entidades. No en vano las rentas, pequeñas o grandes, de una segunda vivienda, una herencia o una inversión hecha en su día, son parte fundamental de los ingresos de no pocas personas en España actualmente.
Para proteger los derechos de los arrendadores, la ley contempla una serie de derechos y obligaciones en todos los contratos de alquiler que se celebran en España. Pero a veces eso no es suficiente, y una forma de «garantizarse» el cobro de las rentas es recurrir a empresas especialistas en legales en temas inmobiliarios. Preguntas como «¿Puedo asegurarme el cobro del alquiler en caso de impago? o ¿está obligado el inquilino a pagar los recibos de la Comunidad de Propietarios?» son comunes y empresas como Das ofrece entre su cartera de servicios su producto estrella: El Seguro de impago de alquiler DAS
¿Qué características fundamentales reúnen los seguros de impagos de alquiler?
Pues básicamente este tipo de productos financieros ofrecen protección frente a comportamientos desagradables que ningún propietario debería afrontar sin ayuda jurídica profesional. Los más importantes son:
- Reclamación de rentas impagadas por parte de los inquilinos
- Reclamación e indemnización por los posibles daños o destrozos que puedan haberse producido
- Protección frente a denuncias de terceros, por ejemplo por obras no autorizadas que afecten a la comunidad, etc
- Reclamación y hasta indemnización por cantidades adeudadas a compañías de suministros (luz, agua, gas, etc)
- Defensa jurídica
- Procedimientos de desahucio
- etc
Realmente la lista de coberturas es amplía, y el coste de este tipo de seguros depende de muchos factores, pero realmente merecen la pena si queremos proteger nuestros derechos y nuestra inversión.
Como siempre recomendamos, contar con la ayuda de profesionales se antoja fundamental en tiempos de incertidumbre jurídica.