A estas alturas no es ninguna novedad que en estos tiempos de pandemia mundial existe en la población mucha preocupación respecto de la situación económica que pueda derivarse del COVID19. Se disparan las cifras de paro, muchos negocios y autónomos no pueden funcionar con normalidad, existen aún amenazas de confinamientos y certezas de cierres perimetrales en estos primeros meses de 2021. ¿Cómo afecta todo esto al sector inmobiliario? ¿Cómo nos puede ayudar el sector de las aseguradoras? En este post hablaremos de un producto muy demandado estos días: los seguros de impago de alquiler.
Ya lo comentamos en otros post, las rentas procedentes de inmuebles en alquiler son una fórmula de inversión legítima y una forma de completar ingresos para muchos, y lógicamente en estos días, existe una preocupación lógica sobre cómo garantizar el cobro de la renta.
¿En qué consisten los seguros de protección de alquileres?
Los seguros de protección de alquiler como su nombre indican protegen en la medida de lo posible los intereses de propietarios de inmuebles de todo tipo frente a contingencias que pudieran perjudicarle. Lógicamente nos estamos refiriendo a impago de rentas, daños producidos en el inmueble, daños producidos a terceros, sanciones relacionadas con actos vandálicos en la comunidad de propietarios, etc.
La lista general de coberturas es amplia, pero la podríamos resumir así:
- Impago de la renta del alquiler. Dependiendo de la cuantía de la póliza puede variar en su importe, pero podríamos decir que se trata de la característica más demandada y principal en este tipo de seguros. Os recomendamos que consultéis el condicionado de la póliza, para saber en detalle las condiciones en las que se puede hacer efectiva la póliza. Períodos de carencia, porcentaje o cuantía de la prestación, etc.
- Daños materiales al inmueble. Cubre los daños que puedan haberse producido tanto al propio inmueble como a terceros, como puede ser la comunidad de propietarios, zonas comunes, etc. Es la otra característica principal de este tipo de productos, ya que los desperfectos en una vivienda o en un local comercial por parte del inquilino pueden ser de una cuantía elevada, y mermar muchísimo (o eliminar por completo) la rentabilidad del alquiler. Por no hablar del tiempo que podamos tardar en hacer las reparaciones o reformas para volver a poner el inmueble en el mercado, que también lastrarían la rentabilidad del alquiler. Como en el punto anterior, os recomendamos que seáis muy prudentes al leer el condicionado de la póliza, para conocer con exactitud cuantías, condiciones, etc etc.
- Defensa jurídica. Se trata también de una de las coberturas más demandadas hoy día, ya que un impago no nos libra de padecer un largo y costoso proceso judicial, o de tomar decisiones sin asesoramiento legal que pudieran perjudicarnos en un futuro juicio. En esta cobertura también es interesante destacar la posibilidad de reclamar cantidades adeudadas a las compañías suministradoras de electricidad, agua, telefonía, etc. o de afrontar un proceso legal de desahucio.
¿Cuando se debe contratar un seguro para alquileres?
En nuestra opinión, en caso de tener un inmueble de cualquier tipo en alquiler, este tipo de seguros se hace indispensable. No solo por las especiales circunstancias que estamos viviendo por culpa del Covid19, sino porque en esencia, consiste en contar con «un aliado» de nuestra parte, que protege nuestros intereses en casi cualquier contingencia. Y es algo importante especialmente para aquellas personas que dependen de la renta del alquiler para poder completar ingresos. En definitiva, es un seguro más que conveniente.